LESIÓN DEL ESPÍRITU


En una reciente entrevista publicada en un medio de comunicación nacional, el Dr. Gil Barragán Romero, no sólo que explicó con claridad el alcance jurídico que tiene la figura del daño moral sino que, en lo sustantivo, desmontó muchos de los conceptos utilizados en el fallo que condena a dos periodistas a pagar la descomunal cifra de dos millones de dólares con costas, como resarcimiento a favor del ciudadano Rafael Correa Delgado y a la vez Presidente de la República, una vez que fue declarada con lugar la demanda propuesta por el actor dentro de un juicio que ha recibido, valga subrayar, las más severas críticas de la opinión pública local e internacional.

Y es que al final la jueza concluyó que “el daño moral y su intensidad pueden no tener una manifestación externa, porque quedan en el fondo del ser, del alma y ni siquiera exige una demostración (…) Por lo mismo, en la doctrina y en la jurisprudencia se ha concluido en que no se requiere una prueba directa de su existencia”.

Esto es bueno tener presente, pues, si se aceptara como irrebatibles tan determinantes afirmaciones, no sería descabellado pensar que este inicial triunfo obtenido en los tribunales de justicia pudiera con el tiempo revertirse, cual bumerán, ante quienes hoy baten palmas por esta sentencia.

Si el daño moral no necesariamente tiene una manifestación externa y tampoco requiere prueba directa de su existencia, probablemente, pienso yo, el sistema de justicia pudiera verse anegado de demandas de ecuatorianos que se sienten utilizados, engañados y desilusionados con el proyecto de los socialistas del siglo XXI, cuya propuesta de cambio luego de cinco años, no tiene esa cualidad de revolucionaria y menos, mucho menos de ciudadana. Desde esa perspectiva, ese sólo hecho sería motivo de lesión del espíritu de un amplio sector de la población, generándole dolor y profundas heridas en el alma que exigiría de una reparación del daño moral causado.

Asimismo, y para plantearlo desde la otra orilla, se ha dicho que la poesía es una necesidad humana y de ahí que deduzco, por ejemplo, cuánto sufrimiento quizá habrá en el corazón de un poeta, cuando éste debe dejar su pluma a un lado y dedicar su tiempo a resolver temas ajenos a sus verdaderas pasiones. También, ha de existir una profunda incomodidad en quienes se colocan, cual taurinos, día a día esa ajustada ropa ‘progresista’, cuando sus antecedentes los identifica más bien con la llamada partidocracia. No cabe duda, que esa forma de travestismo político debe ser, en lo más íntimo de las personas, fuente de inimaginables angustias y crisis de identidad. ¿Acaso, todas estas personas, no tendrían el derecho, asimismo, a reclamar una indemnización al mantenerlas en posiciones burocráticas contrarias a su naturaleza política?.

Como se ve, al hablar de lesión del espíritu con la laxitud que se lo señala, deja abiertas muchas interpretaciones. Por lo mismo, es hora de la reflexión y de una firme defensa a la libertad de pensamiento y expresión.

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